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ORDEN DE 10 DE ENERO DE 2024, DE CONSEJERA DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE, DE INFORMACIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL DE LOS RIESGOS INHERENTES A LOS ACCIDENTES GRAVES EN LOS QUE INTERVENGAN SUSTANCIAS PELIGROSAS

05-02-2024
SI - PAIS VASCO
ORDEN DE 10 DE ENERO DE 2024, DE CONSEJERA DE DESARROLLO ECONÓMICO,  SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE, DE INFORMACIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL DE LOS RIESGOS  INHERENTES A LOS ACCIDENTES GRAVES EN LOS QUE INTERVENGAN SUSTANCIAS PELIGROSAS

El 24 de enero del 2024 se publicó la Orden de 10 de enero de 2024, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, de información, evaluación y control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

Esta Orden tiene por objeto la regulación, dentro del marco establecido por el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, del régimen de la información, de la evaluación y del control de estas.

Especifica que los nuevos establecimientos o establecimientos que por modificaciones importantes se incluyan en el ámbito de aplicación, deberá remitir al órgano competente una notificación con el contenido previsto en el artículo 7 del Real Decreto 840/2015, nueve meses antes del inicio de la explotación, o bien, de la modificación.

A los 6 meses del inicio de la explotación o construcción de los establecimientos, los industriales deberán presentar ante el órgano competente un informe de inspección de un organismo de control.

Para los establecimientos de nivel superior, están obligados a presentar junto con la notificación, un informe de seguridad que incluya un análisis cuantitativo de riesgo cuando el umbral de letalidad del uno por ciento sobrepase los límites del establecimiento y pueda afectar a algún elemento vulnerable y un plan de emergencia interior.

Los establecimientos de nivel inferior estarán obligados a presentar un plan de emergencia interior.

El control de los establecimientos se efectuará a tevés de inspecciones periódicas, inspecciones de la administración y a uditorías.

La presente orden entrará en VIGOR el 1 de julio del 2024.