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MODIFICACIONES A DIVERSAS NORMAS REGLAMENTARIAS EN MATERIA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL
07-05-2021SI - ESTATAL
El 26/04/2021 se publicó el Real Decreto 298/2021, de 27 de abril, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial. Mediante el nuevo RD se modifica los requisitos de los siguientes vectores:
Alta tensión: ITC-LAT 03, «Instaladores y empresas instaladoras de líneas de alta tensión» y ITC-RAT 21, «Instaladores y empresas instaladoras para instalaciones de alta tensión»
Aparatos elevadores: «MIE-AEM-2» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones y la Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-2»; «MIE-AEM-4» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas y la Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-4» e Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 «Ascensores» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobada por el Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, en lo referente a los requisitos de «Empresas conservadoras de ascensores. Declaración responsable y requisitos» y al «Conservador de ascensores»
Baja tensión: ITC-BT-03 «Empresas instaladoras en Baja Tensión»
Incendios: El artículo 10 «Requisitos de las empresas instaladoras»; el artículo 11, «Habilitación de empresas instaladoras»; el artículo 15, «Requisitos de las empresas mantenedoras»; el artículo 16, «Habilitación de empresas mantenedoras»; el Anexo III, «Medios humanos mínimos en empresas instaladoras y mantenedoras de equipos y sistemas de protección contra incendios» y añade un nuevo anexo IV, «Conocimientos mínimos necesarios para los operarios cualificados de protección contra incendios» al Reglamento de instalaciones de protección contra incendios aprobado por el Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo.
Instalaciones de combustibles gaseosos: ITC-ICG 09, «Instaladores y empresas instaladoras de gas»
Instalaciones frigoríficas: Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas, aprobado por el Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre en lo referente a «Profesionales habilitados» y «Empresas frigoristas»
Instalaciones petrolíferas: MI-IP05 «Instaladores o reparadores y empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos»
Las modificaciones previstas en el nuevo Real Decreto entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2021.
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En esta sección de noticias, se podrán consultar las novedades sobre la legislación vigente en los ámbitos de la administración central, autonómica y local para los sectores público y privado.
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