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PRÓRROGA EN LA VIGENCIA DE LOS CONTROLES SECTORIALES EN LAS ACTUACIONES DE INSPECCIÓN AMBIENTAL INTEGRADA

18-05-2020
MA - CATALUÑA
PRÓRROGA EN LA VIGENCIA DE LOS CONTROLES SECTORIALES EN LAS ACTUACIONES DE INSPECCIÓN AMBIENTAL INTEGRADA

Mediante el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 se suspenden todos los temas y plazos administrativos. Esta suspensión tiene una afectación directa sobre la vigencia de las actuaciones de control sectorial que deben ser objeto de comprobación en las inspecciones ambientales.

Por este motivo se considera necesario prorrogar excepcionalmente la validez de los certificados de los controles sectoriales cuya vigencia finaliza durante el estado de alarma regulado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Dichos certificados se considerarán válidos hasta los 3 meses posteriores a la finalización del estado de alarma y sus prórrogas (siempre y cuando el órgano sectorial competente no establezca un criterio específico al respecto)