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PUBLICADO EL NUEVO REGLAMENTO DE EQUIPOS A PRESIÓN Y SUS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS.

14-10-2021
SI - ESTATAL
PUBLICADO EL NUEVO REGLAMENTO DE EQUIPOS A PRESIÓN Y SUS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS.

El día 11 de octubre de 2021 se publicó el Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.

El nuevo RD sustituirá al Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias aprobadas por Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre. Asimismo aprueba una nueva instrucción técnica complementaria para abordar la instalación, puesta en servicio, inspecciones periódicas, reparaciones y modificaciones de los equipos a presión, con presión máxima admisible superior a 0,5 bares, de las terminales de gas natural licuado.

Además de las comprobaciones indicadas en las instrucciones de la o el fabricante, se realizarán, al menos, el nivel de inspecciones y pruebas que se indican al punto 1 del Anexo III del nuevo Reglamento. El nuevo RD no modifica la periodicidad de dichas inspecciones en función de la categoría del equipo y grupo de fluido.

Los organismos de control habilitados podrán continuar desarrollando las actividades para las que están habilitados durante el plazo de dieciocho meses, a contar desde la fecha de entrada en vigor de este real decreto. Las empresas instaladoras o reparadoras de equipos a presión habilitadas a la fecha de entrada en vigor del presente real decreto, podrán seguir realizando la actividad sin que deban presentar la declaración responsable. No obstante, dispondrán de un año, desde la entrada en vigor del presente real decreto, para adaptarse a las condiciones y requisitos establecidos en el anexo I del nuevo RD.

El presente real decreto entrará en vigor el 2 de enero de 2022.