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REAL DECRETO PARA MEJORAR LA GESTIÓN DE RESIDUOS DE PILAS, ACUMULADORES Y DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS

22-01-2021
MA - ESTATAL
REAL DECRETO PARA MEJORAR LA GESTIÓN DE RESIDUOS DE PILAS, ACUMULADORES Y DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS

El Real Decreto 27/2021, de 19 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos, y el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos se publicó el 20 de enero de 2021 y entró en vigor el 21 de enero de 2021. El nuevo texto incorpora las modificaciones introducidas en 2018 en las Directivas comunitarias que regulan ambos flujos de residuos.

El RD clasifica específicamente como residuo peligroso los residuos de pilas y acumuladores que contengan sustancias como el litio o el níquel metal hidruro garantizando así que los residuos se gestionen teniendo en cuenta esas características de peligrosidad.

Por otro lado, se clarifica el ámbito de aplicación de la normativa relacionada con RAEE permitiendo una clasificación más sencilla y coherente con los requisitos de tratamiento específico para cada tipo de RAEE y, además, se concretan los objetivos de gestión de residuos que deben cumplir los productores de aparatos eléctricos y electrónicos.

Los titulares de las instalaciones de gestión de residuos de pilas, acumuladores y baterías, así como los de las instalaciones de gestión de RAEEs que ya dispusieran de una autorización conforme al RD 106/2008 y al RD 110/2015 respectivamente, comunicarán a las autoridades competentes en materia de residuos la actualización de las mismas conforme a las novedades estipuladas en el nuevo RD en el plazo máximo de 6 meses desde la entrada en vigor del RD 27/2021.